Alegaciones

Es el documento por el que el interesado en un procedimiento administrativo aporta a los órganos responsables de éste datos o valoraciones, de carácter fáctico o jurídico, para su consideración.

Los documentos de alegaciones constituyen el medio principal a través del cual un ciudadano, en el que concurre la condición de interesado en un procedimiento administrativo, participa en las diferentes etapas de la tramitación de éste, influyendo en el proceso de formación de la voluntad del órgano administrativo.

La formulación de alegaciones y la presentación de documentos para que sean tenidos en cuenta por los órganos que gestionan el procedimiento, es un derecho de todo ciudadano, reconocido por los artículos 53.e, 76 y 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Por lo tanto, la presentación de alegaciones ha de ser admitida siempre que se efectúe en las fases procesales habilitadas para ello.

  • Documento ordinario de alegaciones, que es aquél emitido en ejercicio del derecho a presentar alegaciones y documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia. No tiene restricción alguna en cuanto a su contenido ni en cuanto al momento de su presentación, quedando ésta al arbitrio del ciudadano, con la única limitación de ser anterior a la práctica del trámite de audiencia.
  • Documento de alegaciones en el trámite de audiencia. El procedimiento administrativo (proceso de formación de la voluntad de la organización administrativa) se estructura en una serie de actuaciones articuladas en trámites. Cuando el proceso está próximo a finalizar, y se han tomado en consideración hechos o pruebas distintos de los aducidos o propuestos por el interesado, el órgano gestor del procedimiento tiene que ofrecer a aquél la oportunidad de expresar nuevos razonamientos y adoptar otros datos y documentos. La presentación de alegaciones en el trámite de audiencia es plenamente compatible con la formulación de documentos ordinarios de alegaciones, si bien, a diferencia de éstos, está vinculada a un momento procesal determinado.