Inscripción de constitución de federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones

AVISO: A PARTIR DEL 14 DE FEBRERO DE 2022 LAS NOTIFICACIONES RELATIVAS A ESTE PROCEDIMIENTO SE REALIZARÁN EXCLUSIVAMENTE DE FORMA ELECTRÓNICA EN LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA HABILITADA ÚNICA, CUYO ACCESO ES https://dehu.redsara.es

NO SE REALIZARÁN NOTIFICACIONES POR CORREO POSTAL ORDINARIO

Las  federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones son asociaciones de segundo grado, es decir, son asociaciones cuyos promotores son personas jurídicas de naturaleza asociativa, constituidas al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación e inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones o en los correspondientes registros autonómicos de asociaciones.

En concreto, se consideran federaciones y uniones las entidades promovidas por tres o más asociaciones, y confederaciones las entidades promovidas por un mínimo de tres federaciones.

Los documentos a presentar para la inscripción de la constitución de una federación, confederación o unión de asociaciones son (Al pie de esta página encontrará enlaces para descargar modelos orientativos):

  • Solicitud o instancia, dirigida a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, Registro Nacional de Asociaciones (C/ Amador de los Ríos, 7 - 28010 Madrid), formulada por al menos una de las entidades promotoras. En la solicitud deberán figurar los datos del promotor solicitante, su representante,  y los de la entidad federativa cuya inscripción se solicita, la descripción de la documentación que se acompaña, lugar, fecha y firma del solicitante.
  • Acta Fundacional de la federación, confederación o unión de asociaciones, que ha de contener:
    • La denominación, número de inscripción en el correspondiente registro de asociaciones y domicilio de cada una de las entidades asociativas promotoras, así como la identidad, la nacionalidad, el documento de identidad y el domicilio de las personas que actúen en representación de las mismas.
    • La voluntad de los promotores de constituir una entidad federativa, los pactos que, en su caso, hubiesen establecido y la denominación de aquélla, que será coincidente con la que figure en los Estatutos.
    • La designación de los integrantes de los órganos de representación o Junta Directiva.
    • Lugar y fecha de otorgamiento del acta firmada por los promotores o sus representantes.
  • Por cada una de las entidades que formen la federación, confederación o unión de asociaciones se aportará el acuerdo adoptado para su integración y la designación de la persona o personas que la represente en el acto constitutivo.
  • Estatutos: forman parte del Acta Fundacional y deberán contener todos los extremos del artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, firmados por los representantes de todas las entidades promotoras.
  • Tasas: puede realizar el pago de la tasa a través de la Sede electrónica del Ministerio del Interior, adjuntando por el mismo conducto, en el trámite correspondiente, como fichero anexo, el comprobante del pago. Existe, además, la opción de descargarse el impreso de autoliquidación 790 (disponible en DESCARGAS), realizar el pago en cualquier entidad bancaria colaboradora, y adjuntar al trámite el “Ejemplar para la Administración” escaneado.

Puede presentar la documentación en cualquiera de los lugares previstos por la legislación reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, incluyendo el registro electrónico del Ministerio del Interior (Acceso a la Sede electrónica) y el Registro Electrónico General.

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