Habilitación

Para obtener la habilitación como detective privado deberá aportarse la siguiente documentación:

  • Instancia del interesado.
  • Dos fotografías recientes en formato DNI, en color, del rostro del solicitante, tamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme blanco y liso, tomadas de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.
  • Certificado médico de poseer aptitud física y capacidad psíquica necesarias para prestar servicios de Seguridad Privada, excepto para el personal en activo que ejerza funciones de seguridad privada.
  • Certificado de antecedentes penales por delitos dolosos, expedido por el Registro Central de Penados para los españoles y extranjeros residentes en España, y documento original y equivalente que surta los mismos efectos para los solicitantes extranjeros no residentes.
    Estarán exentos de presentar este certificado los españoles y extranjeros residentes en España que en su instancia hayan autorizado expresamente a la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, su petición de oficio al Registro Central de Penados.
  • Declaración jurada a que se refiere los apartados f), g) y h) del artículo 28.1 de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
  • Fotocopia compulsada del título de Bachiller Superior, equivalente o superior.
  • Fotocopia compulsada del diploma de detective privado, expedido por un instituto de criminología, reconocido por el Ministerio del Interior o por otros centros oficiales adecuados y habilitados por el Ministerio de Educación.
  • Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso de la tasa por habilitación de Detective Privado, con arreglo al modelo 790, a favor del Tesoro Público, en las Entidades Bancarias o Cajas de Ahorros colaboradoras; cuenta restringida de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. El citado modelo 790 será facilitado en las Comisarías de Policía y deberá ser cumplimentado con los datos correspondientes, señalando como tarifa aplicable la octava.