Desarrollo del Plan

¿Cómo se desarrolla el PEN-LCRV?

Ámbitos de Actuación:

En el ámbito interno, establecido como prioritario, se asume que el término geográfico local es el escenario principal en el que se debe actuar sobre este fenómeno, y diseña grupos locales de lucha contra la radicalización que, bajo la coordinación del sector de la seguridad pública del Estado, integrarán al resto de sectores sociales en la prevención y tratamiento de los focos locales detectados.

Las áreas funcionales recogen según dónde se sitúe el fenómeno, bien sea para prevenir que surja, a través de la acción normativa de la Administración; bien sea actuando sobre individuos o colectivos ya en proceso de radicalización violenta, a través de los citados grupos locales; bien sea actuando cuando aquellos procesos están culminados y hay riesgo real de violencia, directamente a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Para un mejor conocimiento, se diseña un intercambio específico de información entre la Administración Local y la Central. En el campo concreto del tratamiento en los Centros Penitenciarios, el Plan establece que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias deberá elaborar un plan específico al respecto y establece un método de coordinación entre estos Centros y los referidos grupos locales de lucha contra la radicalización.

Aunque no se trate específicamente, se recoge la necesidad de regular la desradicalización, labor que será recogida y desarrollada en planes anuales de gestión.

En el ámbito externo, la estructura nacional de coordinación conocerá sobre la acción exterior del Estado en toda aquella materia de afectación al fenómeno de la radicalización y el extremismo violento, distinguiéndose las áreas funcionales según quiera proponer para Prevenir (asistencia y participación en foros internacionales), para Vigilar (apoyo, formación o colaboración con otros países), o Actuar (envío de fuerzas armadas o Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en escenarios de riesgo). El Plan otorga un papel coordinador en este ámbito al Ministerio de Asuntos de Exteriores y de Cooperación.

En el ámbito del ciberespacio esa misma estructura nacional conocerá de cuanto circule en la Red que afecte a dicho fenómeno, especialmente, sobre autores y contenidos. Las áreas funcionales se diferencian por conocer la situación de afectación al territorio nacional (Prevenir), proponer desde el Estado iniciativas contra la radicalización (Vigilar) o proponer acciones ejecutivas de cierre de contenidos o detención de autores (Actuar). 

Evaluación:

El PEN-LCRV será revisado todos los años, según el nivel de implantación de cada Plan de gestión anual, y de forma global cada tres años, pudiendo ser modificado total o parcialmente. Su evaluación será continuada, desde su aprobación, y centrada en su proceso, objetivos e impactos.

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