Inscripción de incorporación y separación de asociaciones a federaciones, confederaciones y uniones

AVISO: A PARTIR DEL 20 DE OCTUBRE DE 2021 LAS NOTIFICACIONES RELATIVAS A ESTE PROCEDIMIENTO SE REALIZARÁN EXCLUSIVAMENTE DE FORMA ELECTRÓNICA EN LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA HABILITADA ÚNICA, CUYO ACCESO ES https://dehu.redsara.es

NO SE REALIZARÁN NOTIFICACIONES POR CORREO POSTAL ORDINARIO

Para inscribir la incorporación de una asociación a una federación, confederación o unión de asociaciones es requisito previo que la asociación interesada esté inscrita en  el Registro Nacional de Asociaciones o en los correspondientes registros autonómicos de asociaciones.

Además, deberán aportarse los documentos que a continuación se relacionan (al pie de esta página encontrará enlaces para descargar modelos orientativos):  

  • Solicitud o instancia, dirigida a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, Registro Nacional de Asociaciones (C/ Amador de los Ríos, 7 - 28010 Madrid) formulada por la federación, confederación o unión de asociaciones de pertenencia, en la que figuren la denominación exacta de la entidad federativa,  su domicilio, así como su número de inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones; la denominación, domicilio y número de inscripción de la asociación que se incorpora o separa asignado por el correspondiente registro de asociaciones (nacional o autonómico); descripción de la documentación que se acompaña a la solicitud; la petición que se formula, lugar, fecha y firma del solicitante.
  • Acta de la reunión de la entidad federativa en la que se acordó la incorporación o separación de la asociación o asociaciones, o bien certificado extendido por las personas o cargos de la entidad federativa con facultad para certificar en el que conste la fecha de la adopción del acuerdo. En ambos casos deberá constar la denominación exacta, el domicilio social y el número de inscripción en el RNA  de la entidad federativa, y la denominación exacta, el domicilio social y el número de inscripción en el correspondiente registro de asociaciones de la asociación o asociaciones que se incorporan o se separan de la federación, confederación o unión de asociaciones.
  • Por cada una de las asociaciones que se incorporen a la federación, confederación o unión de asociaciones, una certificación, expedida por las personas o cargos con facultad para certificar, del acuerdo adoptado para su integración y la designación de la persona o personas que la representa en la entidad federativa.
  • Tasas: puede realizar el pago de la tasa a través de la Sede electrónica del Ministerio del Interior, adjuntando por el mismo conducto, en el trámite correspondiente, como fichero anexo, el comprobante del pago. Existe, además, la opción de descargarse el impreso de autoliquidación 790 (disponible en DESCARGAS), realizar el pago en cualquier entidad bancaria colaboradora, y adjuntar al trámite el “Ejemplar para la Administración” escaneado.
    La tasa se devenga por solicitud, cualquiera que sea el número de incorporaciones cuya inscripción se solicita.
    La inscripción de separación de una asociación a una federación, confederación o unión de asociaciones está exenta del pago de la tasa.

Puede presentar la documentación en cualquiera de los lugares previstos por la legislación reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, incluyendo el registro electrónico del Ministerio del Interior (Acceso a la Sede electrónica) y el Registro Electrónico General.

Enlaces internos

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