Las personas que hayan sufrido daños físicos y/o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista, así como su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad durante al menos dos años anteriores y los hijos, tanto de los heridos como de los fallecidos, y los amenzados tienen los siguientes derechos:
- A la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de reordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa, cuando resulte necesaria para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral.
- A la movilidad geográfica, mediante el derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo grupo profesional o categoría equivalente, que la empresa tenga vacante en cualquier otro de sus centros de trabajo, cuando resulte necesaria para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral.
- A ser beneficiarias de medidas de bonificación a la contratación, en los siguientes términos y condiciones:
- Los empleadores que contraten indefinidamente a personas que tengan acreditada la condición de víctima del terrorismo tendrán derecho a una bonificación en la cotización de 128 euros/mes durante cuatro años.
- A la reducción en la cotización por contingencias comunes al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) cuando causen alta inicial o no hubieran estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores. La reducción consiste en:
- Durante los primeros veinticuatro meses se aplicará una cuota reducida por contingencias comunes y profesionales, quedando los trabajadores excepcionados de cotizar por cese de actividad y por formación profesional.
La cuantía anual de la cuota reducida se establecerá en la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado y su distribución entre las referidas contingencias se determinará reglamentariamente. - Durante los 36 meses siguientes podrá también aplicarse una cuota reducida, respecto a aquellos trabajadores por cuenta propia cuyos rendimientos económicos netos anuales sean inferiores al salario mínimo interprofesional anual que corresponda a este período.
Cuando este segundo periodo abarque parte de dos años naturales, el requisito relativo a los rendimientos económicos se deberá cumplir en cada uno de ellos.
- Si tuvieran la condición de funcionarios públicos o personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, podrán acogerse a una nueva modalidad de excedencia por violencia terrorista, cuando resulte necesaria para su protección y asistencia integral. Además, la normativa vigente contempla la posibilidad de que los concursos de provisión de puestos de trabajo del personal de funcionario de carrera incluyan una puntuación adicional para quienes tengan la condición de víctima de terrorismo.