Estas subvenciones se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto favorecer la colaboración en la ejecución y seguimiento de las reglas de conducta competencia de la Administración Penitenciaria, previstas en el artículo 83.1.6.ª, 7.ª y 8.ª del Código Penal, así como la asistencia a penados en libertad condicional, para su acompañamiento durante este último período de la condena.
El ámbito de aplicación se extiende a los siguientes programas de actividades:
- Programas de intervención específicos y talleres de sensibilización (contenidos en el catálogo de intervención de la Administración Penitenciaria https://www.institucionpenitenciaria.es/es/web/home/penas-y-medidas-alternativas/programas-especificos) para la colaboración en la ejecución y seguimiento de las penas y medidas comunitarias competencia de la Subdirección General de M.A y PP. y MM.AA. o equivalente, según disponga la normativa de desarrollo de la Estructura del Ministerio del Interior.
- Desarrollo de programas en libertad condicional: Programas de acogida, seguimiento, intervención y acompañamiento de personas liberadas condicionales.
- Programas de intervención, talleres de sensibilización y programas de acompañamiento, para penados clasificados en tercer grado de tratamiento penitenciario.