La compulsa de documentos que hayan de surtir efectos en materia de Seguridad Privada, corresponde realizarla a los siguientes órganos:
- Las Secretarías Generales de las Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales y Locales.
- La Unidad Central de Seguridad Privada de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana y las distintas Unidades responsables de este área en los órganos territoriales.