Antiviolencia propone una sanción muy grave de 80.000 euros a un aficionado que lanzó una bengala encendida a la grada de los seguidores locales en el partido Tenerife - Las Palmas

Gijón
14/02/24

Además, propone otra sanción de 20.000 euros a otro aficionado identificado que introdujo y activó otra bengala en la grada de los aficionados visitantes durante el partido CD Tenerife - UD Las Palmas, que provocó una gran humareda y una situación de grave riesgo para el resto de los espectadores

La Comisión Antiviolencia quiere mostrar sus condolencias por el fallecimiento de un vigilante de seguridad al final del partido UD Las Palmas – Valencia CF, que prestaba servicio en el estadio de Gran Canaria, y desea enviar su más sentido pésame a sus familiares, amigos y al club canario

La Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte ha acordado proponer una sanción muy grave de 80.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de cuatro años a un aficionado identificado -seguidor de la UD Las Palmas- por introducir en el estadio, activar y lanzar una bengala encendida a la grada inferior donde estaban situados los aficionados del equipo local. La caída de esta bengala encendida a esta grada provocó una grave situación de peligro para todos los espectadores que podría haber causado graves heridas y quemaduras de diversa consideración a los aficionados allí congregados, entre los que había varios menores de edad.

Además, propone otra sanción de 20.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a otro aficionado identificado -seguidor también del equipo visitante- que introdujo y activó otras dos bengalas, en este caso, en la grada de los aficionados visitantes durante este mismo encuentro que provocó una gran humareda, fuego y chispas además de una situación de grave riesgo para el resto de los espectadores que se encontraban en esta zona y que podría haber causado una situación de gran peligro en el interior del recinto deportivo.

La Comisión impone estas propuestas de sanción muy graves a estos dos aficionados en atención a la situación de peligrosidad para el resto de los espectadores que estaban presenciando este partido de fútbol y recuerda a todos los clubes de fútbol y aficionados que está terminantemente prohibido, según establece la Ley 19/2007, acceder con artefactos pirotécnicos al interior de un recinto deportivo.

Asimismo, la Comisión Antiviolencia quiere mostrar sus condolencias por el fallecimiento de un vigilante de seguridad al final del partido UD Las Palmas – Valencia CF, que prestaba servicio en el estadio de Gran Canaria, y desea enviar su más sentido pésame a sus familiares, amigos y a la UD Las Palmas.

 Propuestas de sanción a clubes de fútbol

La Comisión Antiviolencia ha establecido además estas propuestas de sanción para los siguientes clubes de fútbol:

  • Propuesta de sanción de 55.000 euros al Sevilla FC por permitir el acceso a 29 personas -miembros radicales y violentos seguidores del equipo- a los terrenos de la Ciudad Deportiva José Ramón Cisneros Palacios, durante un entrenamiento del equipo y además autorizar a que estas personas se entrevistasen con los miembros de la plantilla del primer equipo.

Hay que recordar que miembros de esta peña han participado en hechos violentos, que fueron comunicados por la Comisión contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte al Sevilla FC, y recogido por este club en su Libro Registro de Actividades de Seguidores.

  • Propuesta de sanción de 40.000 euros al Deportivo Alavés SAD por no haber retirado del recinto deportivo todas aquellas menciones que, en forma de murales, grafitis y pegatinas dan promoción al grupo IRAULTZA 1921, cuyos miembros han sido objeto de conductas violentas definidas en la Ley 19/2007 de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.

La Comisión recuerda al club que ya había sido advertido y propuesto para sanción en otra ocasión anterior por la existencia de la simbología señalada, no habiendo realizado ninguna modificación al respecto desde la última inspección, tal y como se le había pedido.

  • Propuesta de sanción de 4.000 euros al CD Tenerife por deficiencias en las medidas de control de acceso y permanencia de espectadores al permitir que, en el partido CD Tenerife – UD Las Palmas, fueran introducidas dos bengalas en el interior del recinto deportivo que, posteriormente, fueron encendidas en una de las gradas de los aficionados visitantes y otra más activada y lanzada encendida a la grada inferior de la afición local, provocando con ello una alteración de la seguridad ciudadana y un grave peligro para todos los espectadores que estaban presenciando este encuentro, entre ellos, varios menores de edad.
  • Propuesta de sanción de 4.000 euros al Rayo Vallecano de Madrid SAD por no establecer el suficiente número de vigilantes de seguridad durante la celebración del partido Rayo Vallecano – UD Las Palmas que provocó la ocupación de las vías de evacuación del recinto deportivo por parte de los aficionados. Además, se comprobó que una de las vías de evacuación del recinto deportivo estaba llena de grandes objetos y herramientas que impedían la eventual salida de emergencia por esta vía en caso de desalojar por una situación de peligro. Asimismo se detectó que se habían introducido varias latas de cerveza con alcohol en el interior del recinto deportivo durante la celebración de este encuentro.
  • Propuesta de sanción grave de 3.001 euros al Getafe CF SAD por deficiencias en las medidas de control de acceso y permanencia de espectadores al permitir que, en el partido Getafe CF – Sevilla FC, fueran introducidos un bote de humo y una bengala en el interior del recinto deportivo que posteriormente fueron activados provocando una gran humareda en la grada que ocupaban los aficionados visitantes. 
  • Propuesta de sanción grave de 3.001 euros al CD Toledo por permitir que, durante el encuentro CD Toledo – CD Cazalegas se vendieran bebidas alcohólicas en el interior del recinto deportivo. La Ley 19/2007 contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte recoge, en su artículo 4.1) que “queda prohibida en las instalaciones en las que se celebren competiciones deportivas la introducción, venta y consumo de toda clase de bebidas alcohólicas y de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.”

 Propuestas de sanción a aficionados

Asimismo, la Comisión Antiviolencia ha acordado estas otras propuestas de sanción para los siguientes aficionados:

  • Propuesta de sanción de 10.000 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de 12 meses a un aficionado identificado seguidor del equipo visitante, que, durante el partido de Copa del Rey Getafe CF SAD – Sevilla CF SAD, activó una bengala en una de las gradas provocando una gran humareda y una situación de peligro para el resto de los espectadores. Además, arrancó un asiento y lo lanzó al terreno de juego, que no impactó en ningún jugador.
  • Propuesta de sanción de 6.000 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de 12 meses a un aficionado identificado menor de edad seguidor del equipo local que, en el partido Rayo Vallecano de Madrid SAD – Sevilla FC SAD, y que estaba sentado en primera fila le tocó el glúteo con un dedo a un jugador cuando iba a sacar de la banda. Este grave hecho contra la integridad del futbolista del equipo visitante provocó la interrupción del encuentro durante varios minutos. Tras lo ocurrido, el espectador y sus acompañantes mostraron una actitud jocosa y desafiante ante las protestas del jugador. Como consecuencia de estos hechos, tanto el Rayo Vallecano como el Sevilla FC publicaron sendos comunicados oficiales condenando la agresión. Además, LaLiga anunció la interposición de una denuncia contra el autor de esta agresión ante la Fiscalía de Menores.
  • Propuesta de sanción de 4.000 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de seis meses a un aficionado identificado del equipo local que, en el partido Atlético de Madrid SAD – Sevilla FC SAD, agredió a un agente de la Policía Nacional en una de las puertas de acceso al recinto deportivo.
  • Propuesta de sanción de 4.000 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de seis meses a un aficionado identificado del equipo local que, en el partido Atlético de Madrid SAD – Sevilla FC SAD, agredió violentamente a otro aficionado cogiéndolo por el cuello y mordiéndole el lado derecho de la cara.
  • Propuesta de sanción de 3.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de seis meses a un aficionado identificado del equipo visitante que, en el partido Levante UD SAD – CD Tenerife SAD, rompió un asiento del estadio y lo lanzó por las escaleras de la grada sin impactar contra ningún espectador
  • Propuesta de sanción de 3.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de seis meses a un aficionado del equipo local que, en el partido Valencia CF SAD – RC Celta de Vigo SAD, lanzó un bote de cerveza contra la afición contraria que impactó en varias personas.
  • Propuesta de sanción de 3.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de seis meses a un aficionado del equipo local que, al final del partido Valencia CF SAD – RC Celta de Vigo SAD, invadió el terreno de juego cuando los jugadores todavía permanecían en el campo y que rápidamente fue interceptado por los vigilantes de seguridad.

Declaración de alto riesgo

Segunda División

 Real Sporting de Gijón SAD – Real Valladolid CF SAD

Sábado, 17 de febrero, en Gijón