Cita previa

RECUERDE:

  • Sólo se atenderá a los sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Compruebe si éste es su caso en el apartado Obligación de tramitación electrónica.
  • Para ser atendido/a presencialmente, necesita solicitar cita previa.
  • Esta cita es exclusivamente para el registro de documentación. Consulte la información sobre los objetos y documentos que no se registran.
  • Debe disponer de una cita por cada solicitud que vaya a presentar.
  • Si la persona que presenta la instancia o solicitud en el Registro, actúa como representante de la persona interesada, no siendo un sujeto obligado a relacionarse electrónicamente, deberá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia o mediante autorización firmada por la persona interesada, acompañada de las copias de los DNI/NIE/Pasaporte de la persona representada y de la persona representante.

EN EL MOMENTO DE LA CITA SE RUEGA:

  • Identificarse  mediante origial de DNI/NIE/Pasaporte.
  • Puntualidad.
  • Presentar la documentación que quiera registrar libre de grapas o clips y en formato DIN A4, para facilitar su digitalización.

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