Funciones
Corresponde a la Secretaría General Técnica el ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 65 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, así como las atribuidas por el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y demás normas vigentes.
En concreto, le corresponden las funciones que a continuación se relacionan, salvo que estén expresamente atribuidas a otros órganos del Departamento:
- El informe preceptivo y la tramitación de los anteproyectos de ley y los proyectos de disposiciones generales en las materias propias del Departamento y la gestión de su publicación.
- La elaboración de los anteproyectos de ley y los proyectos de disposiciones generales del Departamento, cuando así se le encomiende expresamente, y la asistencia jurídica a los altos cargos.
- La elaboración de estudios e informes y la preparación de la documentación sobre cuantos asuntos sean sometidos a la deliberación del Consejo de Ministros, de las Comisiones Delegadas del Gobierno y de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.
- La coordinación de las propuestas del Departamento para el Plan Anual Normativo de la Administración General del Estado, así como la coordinación del informe anual de evaluación normativa y de cumplimiento de las propuestas incluidas en dicho Plan.
- La coordinación de las relaciones del Departamento con el Defensor del Pueblo.
- El seguimiento de los actos y disposiciones de las Comunidades Autónomas, las relaciones de cooperación con éstas, y la coordinación de las relaciones de los diferentes órganos directivos del Departamento con las Administraciones autonómicas y del proceso de transferencias, en las materias propias de la competencia de este Ministerio.
- La tramitación de los convenios, encomiendas de gestión, encargos a medio propio y otros instrumentos de colaboración que hayan de suscribirse por el Ministerio o sus organismos dependientes.
- La coordinación y el seguimiento de la transposición de las directivas comunitarias y otros instrumentos jurídicos de la Unión Europea a al ordenamiento jurídico interno que sean responsabilidad del Ministerio; la elaboración de las respuestas de los procedimientos de infracción abiertos contra España en su fase precontenciosa, y el informe de los convenios internacionales en las materias propias de la competencia del Departamento.
- La tramitación y propuesta de resolución de los recursos administrativos y de los procedimientos de revisión de oficio de los actos administrativos.
- La tramitación y propuesta de resolución de reclamaciones de responsabilidad patrimonial de la Administración, salvo las que afecten a la Administración Penitenciaria.
- La sustanciación y propuesta de resolución de los conflictos de atribuciones entre órganos del Departamento.
- La gestión del Registro Nacional de Asociaciones, la inscripción de las asociaciones de ámbito estatal, así como la instrucción de los expedientes y la formulación de las propuestas necesarias para la declaración de utilidad pública de asociaciones.
- La coordinación de la actividad estadística de los órganos superiores y directivos del Departamento y de éste con el Instituto Nacional de Estadística, en particular, participando en sus órganos colegiados y colaborando en la formulación del Plan Estadístico Nacional, sin perjuicio de ejercer las demás competencias que la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, atribuye a los servicios estadísticos ministeriales.
- La propuesta de programa editorial del Departamento, así como la edición y distribución de sus publicaciones.
- La organización y dirección de las bibliotecas y centros de documentación del Departamento.
- La dirección y coordinación del Sistema de Archivos del Ministerio del Interior, constituido por el Archivo General, las Secciones de él dependientes y los demás archivos de gestión, así como del archivo electrónico único del Departamento.
- Las relaciones con la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos y la presidencia de la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Departamento.
- Contribuir a impulsar la implantación de la administración electrónica mediante el cumplimiento y desarrollo de los dictámenes de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos en materia de eliminación y transferencia de documentos, y mediante la elaboración de la política de gestión de documentos electrónicos del Departamento, coordinando su consolidación a través de la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos.
- El ejercicio de las funciones de Unidad de Igualdad del Ministerio, según lo previsto en el artículo 77 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y de acuerdo con el Real Decreto 259/2019, de 12 de abril, por el que se regulan las Unidades de Igualdad de la Administración General del Estado.
- Las funciones que la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y sus disposiciones de desarrollo atribuyen a las Unidades de información, en el ámbito del Ministerio
- El apoyo en la coordinación de las iniciativas en materia de Gobierno abierto en el ámbito del Ministerio
- La dirección y coordinación de las oficinas de información y atención al ciudadano del Ministerio y el apoyo documental y técnico a las mismas, así como la actualización de la base de datos de información administrativa del Departamento.
- La dirección de la Unidad Central de Quejas y Sugerencias del Departamento y la coordinación de sus Unidades sectoriales de quejas y sugerencias.
Estructura
La Secretaría General Técnica está integrada por las siguientes Unidades con nivel orgánico de subdirección general:
- La Vicesecretaría General Técnica, a la que le corresponde la realización de los estudios, informes y gestiones necesarias para el ejercicio de las funciones atribuidas a la Secretaría General Técnica en los párrafos "a", "b", "c", "d", "e", "f" y "g" del apartado anterior.
- La Subdirección General de Recursos, a la que le corresponde la realización de los actos de instrucción y la preparación de las propuestas de resolución necesarias para el ejercicio de las funciones atribuidas a la Secretaría General Técnica en los párrafos "i", "j" y "k" del apartado anterior.
- La Subdirección General de Asociaciones, Archivos y Documentación, a la que corresponde el ejercicio de las funciones atribuidas a la Secretaría General Técnica en los párrafos "l", "m", "n", "o", "p", "q" y "r" del apartado anterior.
Las funciones atribuidas a la Secretaría General Técnica en los párrafos "h", "s", "t", "u", "v" y "w" se ejercerán directamente bajo la dirección de la persona titular de la Secretaría General Técnica.