Subsecretaría del Interior

Funciones

Corresponde a la Subsecretaría del Interior, bajo la superior autoridad de la persona titular del Ministerio, la representación ordinaria del Departamento y la dirección de sus servicios comunes, así como el ejercicio de las atribuciones a que se refiere el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y la dirección, impulso y supervisión de los órganos directamente dependientes de ella.

En particular, y sin perjuicio de las competencias de las personas titulares de la Secretaría de Estado y de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, corresponde a la Subsecretaría:

a) La gestión y desarrollo de la política normativa del Departamento, así como la supervisión de la fundamentación técnico-jurídica de todos los asuntos del Ministerio y sus organismos dependientes que se sometan a la consideración de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios y del Consejo de Ministros.

b) La coordinación, bajo la superior dirección de la persona titular del Ministerio, de las relaciones de los diferentes órganos directivos del Departamento con las Administraciones autonómicas.

c) La gestión de las competencias del Ministerio relativas a los procesos electorales y consultas directas al electorado, al registro de los partidos políticos, a la gestión de las subvenciones y a la financiación de los partidos políticos

d) El registro de las asociaciones de ámbito estatal, así como la declaración de utilidad pública de aquellas que promuevan el interés general.

e) La gestión de los asuntos que se deriven de las relaciones con las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en las materias no atribuidas específicamente a otros órganos del Departamento.

f) La coordinación e impulso de la política de tráfico y seguridad vial, y el ejercicio de las competencias del Ministerio sobre el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.

g) La gestión de las competencias del Ministerio en relación con la protección civil y las emergencias.

h) El ejercicio de las competencias que tiene atribuidas el Ministerio en materia de atención y apoyo a las víctimas del terrorismo.

i) La coordinación, dirección y planificación de la política de personal y la retributiva del personal del Departamento.

j) La gestión de las competencias del Ministerio relacionadas con la protección internacional, la apatridia y la protección temporal.

Corresponden a la Subsecretaría, en la medida en que no estén atribuidas expresamente a otros órganos superiores y directivos del Departamento, las siguientes funciones relativas a las distintas áreas de servicios comunes:

a) Proponer las medidas de organización del Ministerio; el estudio de la estructura organizativa del Departamento, y la dirección y realización de los proyectos de organización de ámbito ministerial.

b) El informe y tramitación de los anteproyectos de ley y proyectos de disposiciones generales en las materias propias del Departamento, así como su elaboración, cuando se le encomiende expresamente.

c) La tramitación y formulación de propuestas de resolución y, cuando proceda, la resolución de los recursos administrativos, la tramitación y formulación de propuestas de resolución de los procedimientos de revisión de oficio y de responsabilidad patrimonial de la Administración, así como las relaciones con los órganos jurisdiccionales.

d) La elaboración del programa editorial del Departamento, y la edición y distribución de las publicaciones; la organización y dirección de las bibliotecas y centros de documentación, y la dirección y coordinación del Sistema de Archivos del Ministerio del Interior.

e) La formulación, seguimiento, evaluación y revisión de los programas de gasto en los que se concreten los planes de actuación y proyectos de los servicios y organismos del Departamento.

f) El cumplimiento y desarrollo de las instrucciones que se dicten para la elaboración del presupuesto, así como la elaboración y la tramitación ante el Ministerio de Hacienda del anteproyecto de presupuesto del Departamento, y la coordinación en la elaboración de los presupuestos de sus organismos y su consolidación con el del Ministerio.

g) El informe y tramitación de las propuestas de modificaciones presupuestarias de los servicios y organismos del Departamento y de los expedientes de autorización para adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual, así como el informe de los proyectos de disposiciones y de resoluciones con repercusión sobre el gasto público.

h) La jefatura superior del personal del Departamento, la dirección de los recursos humanos y la resolución de cuantos asuntos se refieran a ésta.

i) La inspección de los servicios del Ministerio y la tramitación de los expedientes sobre autorizaciones o reconocimiento de compatibilidad y el seguimiento de los planes, así como las actuaciones para la mejora de la eficacia y calidad de los servicios y para la racionalización y simplificación de los procedimientos y métodos de trabajo.

j) La planificación, elaboración, supervisión y dirección de los proyectos de ejecución de obras.

k) La gestión económica y financiera del Departamento

l) La dirección, impulso y coordinación de los servicios comunes del Departamento, la gestión del régimen interior, incluidas las oficinas de asistencia en materia de registros, de actos públicos, seguridad y otros servicios generales

m) La gestión patrimonial, que incluye el mantenimiento, permanentemente actualizado, del inventario de los inmuebles afectos al Ministerio.

n) La información y atención al ciudadano, así como las funciones que la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y sus disposiciones de desarrollo atribuyen a las unidades de información en el ámbito del Departamento.

ñ) El impulso de los planes estratégicos y operativos de sistemas de información y telecomunicaciones, de las políticas de calidad y de gestión de datos, así como de la transformación digital e innovación en el Departamento y en sus diferentes organismos vinculados o dependientes.

o) El desarrollo e implantación de los sistemas de información y telecomunicaciones, garantizando su interoperabilidad, seguridad y calidad, así como la provisión y gestión del equipamiento y los recursos informáticos necesarios.

p) La gestión y administración de las redes de comunicación de voz y datos y la gestión y mantenimiento del dominio de Internet e Intranet y del portal de web del Ministerio, en coordinación con los gestores de contenidos de los demás órganos directivos y organismos del Departamento.

q) Las relaciones con la Comisión de Estrategia TIC, así como con otros órganos de las Administración Públicas competentes en la materia, y la presidencia de la Comisión Ministerial de Administración Digital.

r) La coordinación y la supervisión de la política de protección de datos en cumplimiento de la normativa aplicable en esta materia en el ámbito de las competencias del Departamento.

s) El impulso de las actividades vinculadas con las evaluaciones de las políticas públicas y de la gestión de los proyectos incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el ámbito del Ministerio y sus organismos públicos vinculados o dependientes.

En la medida en que las funciones enumeradas en el apartado anterior se encuentren atribuidas a otros órganos superiores o directivos u organismos del Departamento, corresponde a la Subsecretaría la coordinación departamental de los respectivos servicios.

Estructura

De la Subsecretaría del Interior dependen los siguientes órganos directivos:

  1. La Secretaría General Técnica.
  2. La Dirección General de Política Interior.
  3. La Dirección General de Tráfico.
  4. La Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
  5. La Dirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo.
  6. La Dirección General de Protección Internacional.

Con dependencia directa de la persona titular de la Subsecretaría del Interior, con nivel orgánico de subdirección general, existe un Gabinete Técnico, con funciones de apoyo y asistencia directa, para facilitar el despacho y la coordinación de los órganos y unidades dependientes de aquélla. Elabora los estudios e informes necesarios, y realiza cuantas otras misiones le encomiende la persona titular de la Subsecretaría.

Asimismo depende directamente de la persona titular de la Subsecretaría, con nivel orgánico de subdirección general, la Oficina Presupuestaria, a la que le corresponde la elaboración de los documentos y el desarrollo de la actividad administrativa necesaria para el ejercicio de las funciones previstas en los párrafos e), f) y g) del apartado anterior, y, en particular, las que se recogen en el Real Decreto 2855/1979, de 21 de diciembre, por el que se crean las Oficinas Presupuestarias.

Están adscritos a la Subsecretaría, con las funciones que les atribuyen las disposiciones vigentes, sin perjuicio de su dependencia de los Ministerios de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y de Hacienda, respectivamente, los siguientes órganos con nivel orgánico de subdirección general:

  1. La Abogacía del Estado.
  2. La Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado.