¿Qué es el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista?
El Plan de Prevención, Protección y Respuesta Antiterrorista sigue la estrategia nacional e internacional basada en cuatro pilares, Prevenir, Proteger, Perseguir, así como la preparación de la Respuesta, y establece las directrices generales que, partiendo de un esfuerzo permanente en el ámbito preventivo, permitan asegurar la detección, seguimiento, análisis y evaluación continuada del riesgo de atentado terrorista, así como la puesta en marcha y coordinación de los dispositivos preventivos en caso necesario, entendidos éstos como el conjunto de acciones llevadas a cabo con anterioridad a que se materialice un atentado terrorista con el objetivo de evitar que se produzca.
Las medidas del Plan estarán principalmente dirigidas a la protección de los siguientes objetivos:
- Instalaciones, redes, sistemas y equipos físicos y de tecnología de la información sobre las que descansa el funcionamiento de los servicios
- Centros y organismos públicos u oficiales, así como cualesquiera otros activos, ya sean personas, bienes, servicios, tecnología de la información u otros intangibles, cuya destrucción, ataque o degradación suponga un daño importante conforme a la valoración ponderada de los siguientes criterios: daños a la vida humana, vulneración de derechos fundamentales, afectación al normal funcionamiento de las instituciones o de los sectores estratégicos, afectación al orden púbico o la convivencia, daños medioambientales, impacto público, social o simbólico, pérdidas económicas o patrimoniales y pérdidas o sustracción de información en ámbitos de especial interés para la Seguridad Nacional.
Así mismo está prevista la Respuesta junto a los mecanismos de coordinación tras la comisión de ataques terroristas, mediante la activación de la Mesa de Coordinación del Ministerio del Interior con carácter reforzado, en permanente comunicación con el Centro de Crisis Territorial en el ámbito de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, a través del Centro Permanente de Información y Coordinación (CEPIC) de la Dirección General de Coordinación y Estudios.
¿Qué es el Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?
El Nivel de Alerta Antiterrorista consiste en una escala compuesta por varios niveles complementarios, cada uno de los cuales se encuentra asociado a un grado de riesgo, en función de la valoración de la amenaza terrorista que se aprecie en cada momento.
¿Cuántos niveles hay?
La clasificación prevista en el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista cuenta con cinco niveles de activación asociados a un determinado nivel de riesgo: el Nivel 1 corresponde a riesgo bajo, el Nivel 2 a riesgo moderado, el Nivel 3 a riesgo medio, el Nivel 4 a riesgo alto y el Nivel 5 a riesgo muy alto.
¿Qué implica cada uno de los niveles?
Cada nivel lleva aparejada la inmediata puesta en marcha de un grupo de medidas específicas adaptadas a la naturaleza de la amenaza.
¿Quién decide la activación de un Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?
La activación de cada NAA compete al ministro del Interior, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad, en base a los informes de valoración de la amenaza y otras circunstancias asociadas a la misma que elabora un comité integrado por expertos en la lucha antiterrorista.
¿Cuáles son los criterios de activación de un Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?
La activación de cada NAA depende de la valoración de la amenaza y otras circunstancias asociadas a la misma. Por un lado, la amenaza se valorará en función de la intención, la capacidad y la probabilidad de comisión de un atentado terrorista. Por otro, su correlación se valorará en función de la vulnerabilidad de los potenciales objetivos de ataque y su posible impacto o repercusión.
¿Cuándo se crea el Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?
Los Niveles de Alerta Antiterrorista fueron introducidos en España por primera vez por el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista de 9 de marzo del 2005 como consecuencia de los atentados ocurridos en Madrid del 11 de marzo del 2004. Este primer Plan establecía 3 niveles.
En 2009, la Instrucción 4/2009 de la Secretaría de Estado de Seguridad modificó el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista, introduciendo una escala de 4 niveles, con dos intensidades. En 2015, la Instrucción 3/2015 de la Secretaría de Estado de Seguridad, estableció una escala de 5 niveles.
Las actuales medidas asociadas a los distintos niveles de alerta antiterrorista, entraron en vigor en febrero del 2022 como consecuencia de la publicación de la Instrucción 2/2022 de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se actualizó el Plan de Prevención, Protección y Respuesta Antiterrorista con el fin de mejorar, por un lado, la protección de los potenciales objetivos de las organizaciones terroristas, las capacidades de investigación y neutralización de la amenaza y reforzar, por otro, la Respuesta y los mecanismos de coordinación tras la comisión de ataques terroristas.
¿Qué puedo hacer si veo algo sospechoso?
La colaboración ciudadana es fundamental para combatir el terrorismo. Si tiene conocimiento, indicio o sospecha de actividades que pudieran estar relacionadas con este tipo de delincuencia grave, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de la Policía Nacional (091) o de la Guardia Civil (062). Recuerde que también tiene a su disposición la aplicación móvil gratuita ALERTCOPS, desarrollada por la Secretaría de Estado de Seguridad dependiente del Ministerio del Interior, que está disponible para sistemas operativos Android e iOS, siendo su descarga e instalación gratuita. La aplicación facilita la comunicación de los ciudadanos con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y permite enviar de una forma sencilla e intuitiva una alerta sobre una situación de riesgo de la que es víctima o testigo, además se pueden remitir fotografías y vídeos en directo de situaciones comprometidas que ellos mismos están sufriendo o presenciando y, también, mediante la geolocalización de las alertas enviadas por éstos, se puede conocer con exactitud qué patrulla se encuentra más próxima y agilizar así la respuesta de las Fuerzas de Seguridad, para ser atendido de manera rápida y eficiente.
En caso de detectar focos de radicalismo violento o posibles casos de radicalización, el ciudadano podrá aportar información al Centro de Coordinación de Información sobre Radicalización (CCIR) del Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO), a través de alguno de los siguientes medios:
- Página web: https://stop-radicalismos.ses.mir.es
- Correo electrónico: stop-radicalismos@interior.es
- Teléfono de Colaboración: 900 822 066
En caso de atentado terrorista, los ciudadanos disponen de unas orientaciones básicas de actuación para su seguridad, recogidas en la Instrucción 6/2017, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se imparten recomendaciones para la ciudadanía en materia de autoprotección y criterios de actuación ante la comisión de atentados terroristas.
Descarga Recomendaciones de autoprotección en caso de atentado terrorista
Cronología de los Niveles de Alerta Antiterrorista (NAA) en España
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