Precursores de explosivos

La adquisición, introducción, posesión o utilización, por parte de los particulares, de determinadas sustancias químicas consideradas precursoras de explosivos, está sujeta a autorización. Los particulares que deseen hacerlo, podrán solicitar la correspondiente licencia mediante el formulario de solicitud que encontrarán en el apartado DESCARGAS. Una vez cumplimentado, deberán enviarlo a la siguiente dirección de correo electrónico: citco.licenciapex@interior.es.

En este apartado podrá encontrar la normativa reguladora.

Asimismo, se informa de que el Punto de Contacto para la comunicación de transacciones sospechosas, robos y desapariciones de estas sustancias es único a nivel nacional:

 

Centro de Inteligencia Contra el Terrorismo y el Crimen Organizado
(CITCO)
91 537 27 66 (atención permanente 24/7)

 

Se encuentra disponible el teléfono 91 537 26 70 en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, para consultas sobre normativa en materia de precursores de explosivos.

 

Novedades:

Disponible ya la página web de la nueva Aplicación de Precursores de Explosivos (APEx), la cual, entre otras funciones, acabará sustituyendo a las licencias en su formato actual. Dicha página web cuenta con unas FAQs actualizadas disponibles para su consulta.

Para más información sobre la Aplicación de Precursores de Explosivos, haga clic sobre el banner:

 

Banner Aplicación Precursores de Explosivos

 

 

Para más información sobre Precursores de Explosivos, haga clic sobre el banner del Centro de Inteligencia Contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO):

Enlace al portal del Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado. Se abre en nueva ventana

 

NORMATIVA REGULADORA

  • Reglamento (UE) 2019/1148 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019, sobre la comercialización y la utilización de precursores de explosivos.
  • Ley 25/2022, de 1 de diciembre, sobre precursores de explosivos.
  • Resolución de 20 de noviembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Seguridad por la que se designa al Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado como Punto de Contacto Nacional para la comunicación de transacciones sospechosas, robos y desapariciones de precursores de explosivos.

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