Los particulares tienen derecho a ser indemnizados por el Ministerio del Interior de los daños o lesiones que sufran en sus bienes y derechos como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos propios del Ministerio del Interior, salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley.