RECUERDE:
- Sólo se atenderá a los sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Compruebe si éste es su caso en el apartado Obligación de tramitación electrónica.
- Para ser atendido presencialmente, necesita solicitar cita previa.
- Esta cita es exclusivamente para el registro de documentación. Consulte la información sobre los objetos y documentos que no se registran.
- Debe disponer de una cita por cada solicitud que vaya a presentar.
- Si la persona que presenta la instancia o solicitud en el Registro, actúa como representante del interesado, deberá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia o mediante autorización firmada por el interesado, acompañada de las copias de los DNI/NIE/Pasaporte del representado y del representante.
EN EL MOMENTO DE LA CITA SE RUEGA:
- Identificarse mediante DNI/NIE/Pasaporte.
- Puntualidad.
- Presentar la documentación que quiera registrar libre de grapas o clips y en formato DIN A4, para facilitar su digitalización.
- Utilizar mascarilla.
- Utilizar el gel hidroalcohólico, disponible en la oficina, para la desinfección de las manos, tanto a la entrada como a la salida del recinto.
- Respetar una distancia interpersonal de 2 metros.
- Acceder a la oficina sólo la persona citada, salvo que por causa justificada necesite acompañante. En cualquier caso, sólo podrán permanecer dentro del Registro 2 personas, esperando el resto fuera del edificio.