Compatibilidades

Las indemnizaciones otorgadas serán compatibles con las pensiones, ayudas, compensaciones o resarcimientos que se hubieran reconocido o pudieran reconocerse en el futuro al amparo de las previsiones contenidas en la normativa de aplicación en cada caso.

Las indemnizaciones y ayudas previstas serán incompatibles con las previstas en la normativa sobre víctimas del terrorismo.