Ejercicios y valoración

El procedimiento de selección para el acceso a la Escala Superior de Técnicos de Tráfico, por el sistema general de acceso libre, constará de dos partes: fase de oposición y curso selectivo.

El proceso selectivo se desarrollará en castellano, excepto el segundo ejercicio relativo al idioma de la fase de oposición.

 

FASE DE OPOSICIÓN

La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo es de nueve meses, celebrándose el primer ejercicio en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de la convocatoria, sin perjuicio de que por razones acreditadas pueda excepcionalmente acordarse la ampliación de dicho plazo.

Esta fase constará de cuatro ejercicios, todos ellos eliminatorios:

  • Primer Ejercicio:

Consistirá en realizar un examen tipo test con cien preguntas, relativas al programa de este ejercicio. El test estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales solamente una será correcta. El tribunal podrá incluir hasta diez preguntas suplementarias que solo se tendrán en cuenta en caso de anulación de alguna de las cien preguntas iniciales. El orden de utilización de estas preguntas será el orden en el que estén incluidas en el examen. Cada pregunta bien contestada puntuará 0,10 puntos y cada pregunta mal contestada supondrá una penalización de 0,025 puntos. Las preguntas no contestadas no descontarán puntuación.

La prueba tendrá una duración de cien minutos y no podrá utilizarse ningún tipo de material adicional.

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para acceder al segundo ejercicio.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria.

Se harán públicas, en el plazo máximo de tres días, a contar desde la finalización de la prueba específica, las plantillas correctoras de este ejercicio basado en respuestas alternativas.

  • Segundo Ejercicio:

Está destinado a acreditar el conocimiento escrito y oral de idiomas. Las personas aspirantes podrán elegir como idioma de la prueba inglés o francés.

Para la acreditación de estos conocimientos se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación, una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la cual las personas candidatas podrán acreditar su conocimiento del idioma elegido presentando alguno de los títulos recogidos en el anexo VI y siguiendo el procedimiento establecido.

Los/as opositores/as deberán indicar en la casilla «27 B» del modelo 790 la opción de evaluación del conocimiento de idioma a la que se acogen, escribiendo «PRESENCIAL», si se va a realizar la prueba escrita y la oral o, escribiendo «TITULACIÓN», si se va a presentar alguno de los títulos recogidos en el anexo VI que acredite el nivel de idioma.

Independientemente de la modalidad a la que se acojan las personas candidatas, la calificación máxima de este ejercicio será de 10 puntos. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para tener acceso al siguiente ejercicio.

MODALIDAD PRESENCIAL, que constará de dos fases:

Primera fase: Consistirá en la realización de una traducción por escrito, en castellano, sin diccionario, de un documento redactado en inglés o francés, a elección de la persona aspirante. Para la práctica de dicho ejercicio las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de dos horas.

Segunda fase: Consistirá en la lectura por la persona aspirante, en sesión pública ante el tribunal, de la traducción realizada en la fase anterior, seguida de una conversación con éste en el idioma elegido durante un tiempo máximo de quince minutos.

En esta prueba se valorará el conocimiento del idioma elegido cuando es expresado por escrito, así como la expresión verbal del mismo y la riqueza de vocabulario.

Para la valoración de este ejercicio el tribunal podrá ser asistido por asesores especialistas designados por el mismo.

La calificación global del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario para su superación obtener un mínimo de cinco.

MODALIDAD ACREDITACIÓN DE CONOCIMIENTO DE IDIOMA MEDIANTE TITULACIÓN:

Las personas opositoras que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de inglés o francés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo VI, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias.

Aquellos/as opositores/as que se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en el modelo 790 deberán adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el conocimiento de inglés o francés.

La calificación, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:

– Una puntuación de 5 puntos a un nivel B2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo VI.

– Una puntuación de 7,5 puntos a un nivel C1, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo VI.

– Una puntuación de 10 puntos a un nivel C2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo VI.

Los niveles inferiores a B2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo VI no tendrán acceso al siguiente ejercicio.

El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo. La persona aspirante deberá presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de oposición. Si no se presentará dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, se perderá el acceso al siguiente ejercicio o al curso selectivo.

Previamente a la celebración del ejercicio el tribunal habrá de estudiar la documentación presentada por las personas aspirantes con el fin de corroborar la idoneidad de los certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. De esta manera, el tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad presencial, a aquellas personas aspirantes que no reúnan los requisitos para la modalidad de acreditación del conocimiento de inglés mediante titulación.

  • Tercer Ejercicio:

Consistirá en la exposición oral de dos temas extraídos al azar de los que conforman el programa de este ejercicio.

Para la exposición de los dos temas las personas aspirantes dispondrán de un total de treinta minutos.

Las personas opositoras dispondrán de un período de diez minutos para la preparación de este ejercicio durante el que podrán preparar un guión que podrán utilizar en la exposición de los temas. En ningún caso podrán consultar textos o apuntes.

Una vez desarrollado el primer tema, o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que la persona aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

Finalizada la intervención, el Tribunal podrá preguntar a la persona opositora, durante un período máximo de veinte minutos, sobre aspectos de los temas que ha desarrollado pudiéndole formular aquellas cuestiones que considere necesarias.

En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la facilidad de expresión oral.

Se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los dos temas, siendo la nota máxima total 20 puntos. Para su superación será necesario obtener al menos 10 puntos y no ser calificado con 0 en ninguno de los temas.

  • Cuarto Ejercicio:

Consistirá en la resolución de un supuesto práctico durante un período máximo de cuatro horas relacionado con el programa.

Las personas aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que consideren necesarios y que aporten para la ocasión. No se podrán utilizar medios técnicos, informáticos o telemáticos. El Tribunal podrá retirar aquellos medios que no considere adecuados.

El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, que podrá preguntar a la persona opositora sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período máximo de veinte minutos.

En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada y ajustada a derecho.

Se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para su superación obtener un mínimo de 10 puntos.

NOTAAquellas personas aspirantes que superen los dos primeros ejercicios con una puntuación superior al 60% de la calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, podrán conservar la nota de estos ejercicios para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota, sean análogos, salvo actualización normativa

La calificación final en la fase de oposición de las personas aspirantes vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios.

Se adoptarán las medidas precisas para que las personas aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

Si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

CURSO SELECTIVO

Para la realización del curso selectivo, las personas aspirantes que hayan superado todas las fases serán nombradas funcionarios/as en prácticas por la autoridad convocante.

El curso selectivo tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de las personas aspirantes para el ejercicio de las funciones de dirección, coordinación, programación y estudio. El comienzo del mismo tendrá lugar dentro de los cuatro meses siguientes a la finalización de la fase de oposición.

La duración del curso selectivo, que en ningún caso será superior a seis meses, su calendario y programa, así como las normas internas que hayan de regularlo, serán establecidas por la Dirección General de Tráfico y siguiendo las recomendaciones establecidas en el III Plan de Igualdad entre mujeres y hombres de 29 de diciembre de 2020, incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres y otro en materia de violencia de género. 

El curso selectivo se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener 15 puntos como mínimo.

CALIFICACIÓN FINAL

La calificación final de las personas aspirantes en el proceso selectivo vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo, no pudiendo ser superior el número de aprobados/as al de plazas convocadas.

Finalizado todo el proceso selectivo, en caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir el empate, se aplicarán los siguientes criterios:

1.º La mayor puntuación en el tercer ejercicio.
2.º La mayor puntuación en el cuarto ejercicio.
3.º La mayor puntuación en el primer ejercicio.
4.º La mayor puntuación en el segundo ejercicio.
5.º A la letra del último sorteo público por el que se establece el orden de actuación de las personas aspirantes en los procesos selectivos.