Inscripción de transformación de asociaciones

AVISO: A PARTIR DEL 14 DE FEBRERO DE 2022 LAS NOTIFICACIONES RELATIVAS A ESTE PROCEDIMIENTO SE REALIZARÁN EXCLUSIVAMENTE DE FORMA ELECTRÓNICA EN LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA HABILITADA ÚNICA, CUYO ACCESO ES https://dehu.redsara.es

NO SE REALIZARÁN NOTIFICACIONES POR CORREO POSTAL ORDINARIO

Recoge la inscripción de tres situaciones:

 

1º) Asociaciones inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones (RNA) que solicitan su baja del mismo por reducción de su ámbito territorial de actuación o por cambio a un régimen jurídico asociativo especial.

Documentación a presentar (Al pie de esta página encontrará enlaces para descargar modelos orientativos):

  • Solicitud o instancia de baja por transformación: dirigida a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, Registro Nacional de Asociaciones. (C/ Amador de los Ríos, 7 – 28010 Madrid) formulada por el representante de la entidad, en la que figuren tanto los datos de identificación del solicitante como los de la asociación a la que representa, la descripción de la documentación que se acompaña, la petición que se formula, lugar, fecha y firma del solicitante.
  • Acta de la asamblea general en la que conste que la asociación reduce su ámbito de actuación al de una sola comunidad autónoma o que deja de regirse por el régimen general y común de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, para acogerse a un régimen jurídico especial, y la fecha de su aprobación. Deberá constar que la transformación se ha aprobado conforme a los requisitos que para la adopción de acuerdos establecen los estatutos.
  • Texto íntegro de los nuevos Estatutos, conteniendo los artículos modificados, firmado por el presidente y el secretario de la asociación. Al final del documento deberá figurar una diligencia que haga constar que han quedado redactados con la inclusión de las modificaciones acordadas en la asamblea general, e indique la fecha en que se adoptó la modificación.
  • Tasas: la baja en el Registro Nacional de Asociaciones no conlleva el pago de ninguna tasa. No obstante, el Registro Autonómico de Asociaciones podría requerir el pago de una tasa. Se recomienda contactar con el Registro Autonómico para consultar el importe de la tasa (si la hubiera) y el método de pago, de manera que se pueda adjuntar el justificante del pago con el resto de la documentación.

 

2º) Asociaciones autonómicas que solicitan su inscripción en el RNA previo acuerdo de modificación de estatutos para ampliar su ámbito territorial de actuación, y éste supere el de una sola comunidad autónoma.

Documentación a presentar (Al pie de esta página encontrará enlaces para descargar modelos orientativos):

  • Solicitud o instancia de inscripción por transformación: dirigida a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, Registro Nacional de Asociaciones. (C/ Amador de los Ríos, 7 – 28010 Madrid) formulada por el representante de la entidad, en la que figuren tanto los datos de identificación del solicitante como los de la asociación a la que representa, la descripción de la documentación que se acompaña, la petición que se formula, lugar, fecha y firma del solicitante.
  • Acta de la asamblea general en la que conste el acuerdo de modificación de estatutos, expresivo del ámbito de actuación, que debe superar el territorio de una comunidad autónoma. Igualmente indicará la relación de artículos modificados y la fecha de su aprobación, y que la modificación se ha aprobado conforme a los requisitos que para la adopción de acuerdos establecen los estatutos.
  • Texto íntegro de los nuevos Estatutos, conteniendo los artículos modificados, firmado por el presidente y el secretario de la asociación. Al final del documento deberá figurar una diligencia que haga constar que han quedado redactados con la inclusión de las modificaciones acordadas en la asamblea general, e indique la fecha en que se adoptó la modificación.
  • Certificado con la relación actualizada de la composición de la junta directiva u órgano de representación, con indicación de la identidad de sus titulares si son personas físicas, y de la denominación o razón social en caso de personas jurídicas, los cargos que ostentan y la fecha de su elección o nombramiento, la nacionalidad, el documento de identidad y domicilio de cada uno de ellos.
  • Tasas: puede realizar el pago de la tasa a través de la Sede electrónica del Ministerio del Interior, adjuntando por el mismo conducto, en el trámite correspondiente, como fichero anexo, el comprobante del pago. Existe, además, la opción de descargarse el impreso de autoliquidación 790 (disponible en DESCARGAS), realizar el pago en cualquier entidad bancaria colaboradora, y adjuntar al trámite el “Ejemplar para la Administración” escaneado.

 

3º) Asociaciones inscritas en registros especiales que solicitan su inscripción en el RNA previo acuerdo de modificación de estatutos para cambiar su régimen jurídico y acogerse exclusivamente al régimen general y común de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

Documentación a presentar (Al pie de esta página encontrará enlaces para descargar modelos orientativos):

  • Solicitud o instancia de inscripción por transformación: dirigida a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, Registro Nacional de Asociaciones. (C/ Amador de los Ríos, 7 – 28010 Madrid) formulada por el representante de la entidad, en la que figuren tanto los datos de identificación del solicitante como los de la asociación a la que representa, la descripción de la documentación que se acompaña, la petición que se formula, lugar, fecha y firma del solicitante.
  • Acta de la asamblea general en la que conste el acuerdo de modificación de estatutos, expresivo del régimen jurídico, que debe referirse al sometimiento de la entidad a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo. Igualmente indicará la relación de artículos modificados y la fecha de su aprobación, y que la modificación se ha aprobado conforme a los requisitos que para la adopción de acuerdos establecen los estatutos.
  • Texto íntegro de los nuevos Estatutos, conteniendo los artículos modificados, firmado por el presidente y el secretario de la asociación. Al final del documento deberá figurar una diligencia que haga constar que han quedado redactados con la inclusión de las modificaciones acordadas en la asamblea general, e indique la fecha en que se adoptó la modificación.
  • Certificado con la relación actualizada de la composición de la junta directiva u órgano de representación, con indicación de la identidad de sus titulares si son personas físicas, y de la denominación o razón social en caso de personas jurídicas, los cargos que ostentan y la fecha de su elección o nombramiento, la nacionalidad, el documento de identidad y domicilio de cada uno de ellos.
  • Tasas: puede realizar el pago de la tasa a través de la Sede electrónica del Ministerio del Interior, adjuntando por el mismo conducto, en el trámite correspondiente, como fichero anexo, el comprobante del pago. Existe, además, la opción de descargarse el impreso de autoliquidación 790 (disponible en DESCARGAS), realizar el pago en cualquier entidad bancaria colaboradora, y adjuntar al trámite el “Ejemplar para la Administración” escaneado.

Puede presentar la documentación en cualquiera de los lugares previstos por la legislación reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, incluyendo el registro electrónico del Ministerio del Interior (Acceso a la Sede electrónica) y el Registro Electrónico General.

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