Fondo Europeo para Retorno

OBJETIVO

El objetivo general de este instrumento (aplicable a partir del 1 de enero de 2008) es apoyar los esfuerzos de los Estados miembros para mejorar la gestión del retorno en todas sus dimensiones mediante el uso del concepto de la gestión integrada del retorno, con una preferencia al retorno voluntario y con el fin de apoyar una justa y eficaz aplicación de normas comunes sobre el retorno. Para mejorar la eficiencia en la gestión del retorno a nivel nacional, el Fondo también se referirá a las acciones relativas al retorno voluntario de las personas que no están bajo la obligación de abandonar el territorio, como los solicitantes de asilo que aún no han recibido una decisión negativa o las personas que gozan de protección internacional. Tales acciones de retorno voluntario, fueron cubiertos por el FER I y II (Fondo para los Refugiados) hasta el momento (2000-2007), pero a partir del año 2008 serán elegibles en el marco del Fondo para el Retorno. Habrá un énfasis especial en las acciones conjuntas de retorno por los Estados miembros.

FINANCIACIÓN

Un total de 676 millones de euros ha sido reservado para el Fondo para el Retorno para el periodo 2008-2013. El Ministerio del Interior continuará en sus funciones como responsable del Fondo para el Retorno en España durante dicho periodo de aplicación, y desarrollará la estrategia de programación que establece la planificación plurianual (2008-2013) sobre la utilización de los recursos que reciben anualmente.

PROYECTO OBJETO DE FINANCIACIÓN

El Fondo permitirá financiar proyectos que tengan por finalidad:

  1. apoyo al desarrollo de un enfoque estratégico de la gestión del retorno por parte de los estados miembros.
  2. apoyo a la cooperación entre los estados miembros en materia de gestión del retorno.
  3. apoyo a herramientas innovadoras específicas nacionales e internacionales para la gestión del retorno.
  4. apoyo a las normas comunitarias y buenas prácticas en materia de gestión del retorno.
  5. apoyo a las normas comunitarias y buenas prácticas en materia de gestión del retorno.

COFINANCIACIÓN

Las acciones seleccionadas podrán incluir varios de los objetivos antes mencionados. La cofinanciación nacional o privada de los proyectos financiados por el Fondo para el Retorno deben cubrir al menos el 25% del coste total del proyecto.

PROGRAMAS DE TRABAJO

A continuación se detallan la planificación plurianual y anual que la Autoridad Responsable en España ha elaborado para el Fondo para el Retorno:

  1. Programa Plurianual 2008-2013
  2. Programa Anual 2008
  3. Programa Anual 2009
  4. Programa Anual 2010
  5. Programa Anual 2011
  6. Programa Anual 2012
  7. Programa Anual 2013

MÁS INFORMACIÓN

Para más información sobre el Fondo para el Retorno, se puede consultar la página web de la Comisión Europea, disponible en inglés:

http://ec.europa.eu/justice_home/funding/return/funding_return_en.htm

La Decisión nº 575/2007CE que establece el Fondo para el Retorno ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea L144 el 6 de junio 2007. Esta Decisión se encuentra en:

http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2007:144:0045:0065:ES:PDF