Objeto

Las ayudas habrán de destinarse a la realización, por parte de las entidades beneficiarias, de programas o proyectos cuyo objetivo sea la prevención de accidentes de tráfico o la reducción de sus consecuencias, dirigidos a la población general o a colectivos de riesgo específico.

Podrán incluirse programas orientados a minimizar el impacto de los accidentes en cualquiera de los ámbitos afectados por los mismos, como por ejemplo la salud física y mental o la orientación jurídica y legal.

Los programas presentados se orientarán preferentemente a las líneas estratégicas de actuación de la Dirección General de Tráfico. A tal fin, cada convocatoria fijará los ámbitos prioritarios de actuación correspondientes.

Los programas deberán desarrollarse dentro del territorio nacional.