Inscripción de modificación de estatutos

AVISO: A PARTIR DEL 20 DE OCTUBRE DE 2021 LAS NOTIFICACIONES RELATIVAS A ESTE PROCEDIMIENTO SE REALIZARÁN EXCLUSIVAMENTE DE FORMA ELECTRÓNICA EN LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA HABILITADA ÚNICA, CUYO ACCESO ES https://dehu.redsara.es

NO SE REALIZARÁN NOTIFICACIONES POR CORREO POSTAL ORDINARIO

Notas:

  1. Si los titulares de la junta directiva u órgano de representación han cambiado con respecto a los que constan  inscritos, hay que presentar previamente Solicitud de inscripción de titulares de Junta Directiva u órgano de representación acompañada de la documentación indicada en el apartado "Inscripción de la identidad de los titulares de la junta directiva u órgano de representación".
  2. El cambio de domicilio de la asociación es una modificación de estatutos, por lo que hay que seguir este mismo procedimiento.

Los documentos a presentar para la inscripción de una modificación de Estatutos son (Al pie de esta página encontrará enlaces para descargar modelos orientativos):

  • Solicitud o instancia dirigida a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, Registro Nacional de Asociaciones. (C/ Amador de los Ríos, 7 – 28010 Madrid) formulada por el representante de la entidad, en la que figuren tanto los datos de identificación del solicitante como los de la asociación a la que representa, la descripción de la documentación que se acompaña, la petición que se formula, lugar, fecha y firma del solicitante.
  • Acta de la reunión de la Asamblea General de la asociación o certificado de ésta extendido y firmado por la persona o cargos con facultad para certificarla de acuerdo con sus Estatutos, que recoja el acuerdo adoptado por el que se modifican los Estatutos, la relación del artículo o artículos modificados, el quórum de asistencia, el resultado de la votación y la fecha de su aprobación.
  • Texto íntegro de los nuevos Estatutos conteniendo los artículos modificados, firmados por el presidente y el secretario de la asociación (indicando el nombre y cargo de las personas que suscriben), en los que se haga constar mediante diligencia extendida al final de los mismos, que han quedado redactados con la inclusión de las modificaciones acordadas en la Asamblea General, e indique la fecha en que acordó la modificación.
  • Tasas: puede realizar el pago de la tasa a través de la Sede electrónica del Ministerio del Interior, adjuntando por el mismo conducto, en el trámite correspondiente, como fichero anexo, el comprobante del pago. Existe, además, la opción de descargarse el impreso de autoliquidación 790 (disponible en DESCARGAS), realizar el pago en cualquier entidad bancaria colaboradora, y adjuntar al trámite el “Ejemplar para la Administración” escaneado.

Puede presentar la documentación en cualquiera de los lugares previstos por la legislación reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, incluyendo el registro electrónico del Ministerio del Interior (Acceso a la Sede electrónica) y el Registro Electrónico General.

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