Publicidad de las asociaciones

El Registro Nacional de Asociaciones hace efectiva la publicidad de las asociaciones inscritas mediante certificado del contenido de los asientos, nota simple informativa, copia de los asientos o de los documentos depositados y listados.

También mediante la exhibición de los asientos y de los documentos, por comparecencia de los interesados en la sede del Registro, previa solicitud por escrito del interesado presentada con antelación suficiente, y siempre en presencia del personal competente.

Si se solicitan listados: la información, a través de listados, sobre entidades inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones, se facilita con sujeción a las disposiciones contenidas en el artículo 13.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (exceptúa las solicitudes de consulta genérica sobre un conjunto de materias).

La emisión de listados se realiza en base a los códigos de clasificación de actividades que figura en el Anexo del Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre. En la página web  encontrará el listado de actividades de las asociaciones.

La documentación a presentar es la siguiente:

  • Solicitud o instancia, dirigida a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, Registro Nacional de Asociaciones (C/ Amador de los Ríos, 7 - 28010 Madrid), en la que figuren los datos de identificación del solicitante, la identificación de la entidad sobre la que verse la solicitud, petición que se formula, lugar, fecha y firma del solicitante. (Al pie de esta página encontrará enlaces para descargar modelo orientativo)
  • Tasas: debe acompañarse la hoja "Ejemplar para la Administración" del impreso de autoliquidación 790 (ver en DESCARGAS), validado por cualquier entidad bancaria, justificativo de haber abonado al Tesoro Público la tasa legalmente establecida. Asimismo puede realizar el pago de la tasa a través de la Sede electrónica central del Ministerio del Interior en la siguiente dirección de internet, adjuntando por el mismo conducto, como fichero anexo, el comprobante del pago: Acceso a la sede electrónica.

Puede presentar la documentación en cualquiera de los lugares previstos por la legislación reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, incluyendo el registro electrónico del Ministerio del Interior: Acceso a la sede electrónica

Enlaces internos

Descargas

Servicios al Ciudadano